COMISIÓN DE INCLUSIÓN

La Universidad Blas Pascal trabaja para garantizar el derecho a la educación superior de personas en situación de discapacidad, acompañando al estudiante en el trayecto universitario, a través de acciones que permitan la accesibilidad.

> Contacto: inclusion@ubp.edu.ar | (+54) 351 4144444 Ext. 3851 al 3854

> La Ley 26.378/2008 que aprueba la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) y que tiene valor constitucional en Argentina, señala en el artículo 24 inciso 5 que: “Los Estados Partes asegurarán que las personas con discapacidad tengan acceso general a la educación superior, la formación profesional, la educación para adultos y el aprendizaje durante toda la vida sin discriminación y en igualdad de condiciones con las demás. A tal fin, los Estados Partes asegurarán que se realicen ajustes razonables para las personas con discapacidad.”

 

 

> La Ley de Educación Superior 25.573/02 (Modificación de la Ley 24.521/95) que afirma en su artículo 2: “El Estado, al que le cabe responsabilidad indelegable en la prestación del servicio de educación superior de carácter público, reconoce y garantiza el derecho a cumplir con ese nivel de la enseñanza a todos aquellos que quieran hacerlo y cuenten con la formación y capacidad requeridas. Y deberá garantizar asimismo la accesibilidad al medio físico, servicios de interpretación y los apoyos técnicos necesarios y suficientes, para las personas con discapacidad.”

 

> La Ley de Educación Nacional N° 26.206/06 que garantiza una educación inclusiva en todos los niveles y modalidades del sistema, así como los apoyos y accesos necesarios para hacerla efectiva.

Resulta fundamental que las universidades adopten este enfoque de derecho de las personas con discapacidad, tanto en el diseño y planificación de políticas y acciones, como en su desarrollo y ejecución, con su consecuente evaluación institucional, para garantizar igualdad de oportunidades y condiciones para las personas con discapacidad para el acceso, permanencia, avance y egreso. A su vez, incorporar, cuando corresponda la temática de la discapacidad e inclusión en sus políticas y acciones.

 

 

En este contexto, el 13 de junio de 2011 se crea la “Red de Inclusión de la Discapacidad en las Universidades de Córdoba” (Red IDUC) con la rúbrica del convenio interinstitucional entre siete casas de altos estudios, cuatro de gestión pública, la Universidad Nacional de Córdoba, la Universidad Nacional de Villa María, la Universidad Tecnológica Nacional- Facultad Regional Córdoba- y el Instituto Universitario Aeronáutico, actualmente llamada UNDEF, Universidad de la Defensa Nacional y tres de gestión privada, Universidad Católica de Córdoba, Universidad Empresarial Siglo 21, Universidad Blas Pascal. En el año 2017 se incorporaron otras Universidades, tales como la UPC, Universidad Provincial de Córdoba y el Instituto Universitario de Ciencias Biomédicas de Córdoba, IUCBC.

 

 

Este espacio de intercambio y debate interinstitucional se posiciona como un ámbito estratégico de apoyo recíproco, reflexión, cooperación, asistencia técnica y acción, cuya finalidad es promover y hacer efectiva la inclusión de personas con discapacidad en la universidad y la discapacidad como tema de derechos humanos, sobre la base de la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad-CDPD- (ONU, 2006), la que es Ley 26.378 /2008 en Argentina, erigida con status constitucional en el 2014.

 

 

Comisión de Inclusión de la UBP

 

A partir del trabajo iniciado por la Red se acordó la creación de Comisiones de Inclusión en el seno de cada Universidad por lo que la UBP, crea formalmente la Comisión de Inclusión de Personas con Discapacidad, poco tiempo antes de la firma del Convenio (RCS Nº24/10), con el objetivo de promover el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos que emanan de los estatutos y reglamentos propios de la UBP, de todas las personas con discapacidad: sean estas docentes, no docentes, estudiantes o directivos. De la misma manera, tiene por objeto impulsar actividades que contribuyan con la comunidad y que tengan en mira el progresivo desarrollo del ejercicio pleno y efectivo de los derechos fundamentales de las personas con discapacidad.

 

A fin de que las personas con discapacidad puedan desenvolverse dentro del ámbito de la Universidad en forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida académica, se adoptan progresivamente y en plazos razonables medidas pertinentes para asegurar el acceso de aquellas, en igualdad de condiciones con las demás, al entorno físico, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones.

 

La Comisión de Inclusión de la UBP dependiente del Rectorado,cuenta con un marco normativo y está conformada por un equipo interdisciplinario que refleja el trabajo colaborativo de las diferentes áreas de la Universidad. Asimismo, integrantes de dicha Comisión representan a la Universidad en la Red IDUC.

> Promover el pleno ejercicio, de los derechos emanados de los estatutos y reglamentos universitarios, sin discriminación alguna por motivos de discapacidad.

> Promover las medidas pertinentes, incluidas las reglamentarias, para modificar o derogar, reglamentos, costumbres y prácticas existentes que constituyan discriminación contra las personas con discapacidad;

> Tener en cuenta, en todas las actividades de docencia, investigación y extensión, la protección y promoción de los derechos humanos de las personas con discapacidad;

> Promover la investigación y el desarrollo de servicios, equipo e instalaciones para satisfacer las necesidades específicas de las personas con discapacidad.

> Promover la disponibilidad y el uso con fines académicos de nuevas tecnologías, incluidas las tecnologías de la información y las comunicaciones, ayudas para la movilidad, dispositivos técnicos y tecnologías de apoyo adecuadas para las personas con discapacidad.

> Proporcionar información que sea accesible para las personas con discapacidad sobre ayudas a la movilidad, dispositivos técnicos y tecnologías de apoyo, así como otras formas de asistencia y servicios e instalaciones de apoyo;

> Promover las actividades de investigación y extensión de docentes, investigadores y alumnos que tengan como propósito mejorar la calidad de vida y acceso a la educación y la cultura de personas con discapacidad, sean miembros de la comunidad educativa o ajena a ésta.

> Sensibilizar a toda la comunidad educativa para que tome mayor conciencia respecto de las personas con discapacidad y fomentar el respeto de los derechos y la dignidad de estas personas;

> Promover la toma de conciencia respecto de las capacidades y aportaciones de las personas con discapacidad.

 

Acciones

 

> Participación activa de los representantes de la comisión en las reuniones periódicas que se realizan durante el año en la Red IDUC.

Detección y acompañamiento de alumnos (de esta palabra hacer link hacia alumnos) por parte del tutor designado asegurando la accesibilidad a los estudios universitarios, en trabajo conjunto con los docentes, directores de las distintas carreras y personal de las áreas involucradas.

> Capacitación dirigida al personal docente y no docente a fin de concientizar y visualizar acerca de la inclusión.

Accesibilidad a través de la digitalización de materiales de estudio y ajustes razonables de los contenidos según la discapacidad, como así también adaptaciones metodológicas, pedagógicas, tecnológicas y edilicias.

Trabajo de Extensión a través del voluntariado.

Trabajos de Investigación sobre la temática.

Campaña Comunicacional de visualización, concientización y difusión de contenidos.

Incorporación de la temática a través del desarrollo de los contenidos, “LA CONSTRUCCIÓN DE SOCIEDADES INCLUSIVAS,” como concepto de inclusión en la actividad profesional de la materia transversal “Ética y Sostenibilidad”, dictada en las carreras de grado de manera unificada.

 

Estudiantes

 

El desempeño de la tarea de apoyo a los alumnos con discapacidad está a cargo de personal docente de la universidad que pertenece al equipo de Tutores Guía en coordinación con la Comisión de Inclusión.

> Desde el Curso Universitario de Admisión se realiza la detección y el acompañamiento de estudiantes aspirantes por parte de dicho Tutor.

> En primera medida se realiza una entrevista personal en la que se busca conocer las necesidades específicas del alumno. Esto permite hacer un estado de situación para poder llevar adelante estrategias de accesibilidad en conjunto con todos los agentes involucrados en el proceso (director de carrera, docentes y todas las áreas de apoyo).

> A partir de allí el apoyo es permanente evaluando el desempeño del alumno (asistencia, entrega de actividades, resultados de evaluaciones, participación en clases de apoyo, etc.) lo que permite revisar diariamente las estrategias que se utilizan y las necesidades de accesibilidad.

> Coordinar con todas las áreas de la Universidad medidas concretas a fin de favorecer la accesibilidad y la comunicación de los miembros de la comunidad educativa con los alumnos en situación de discapacidad.

La inclusión educativa de estudiantes con discapacidad es un derecho garantizado por las siguientes legislaciones:

> Ley 27.044 – Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

> Ley 25.573 – Ley de Educación Superior

> Conformación de la Comisión de Inclusión de la UBP. Descargue aquí la Resolución Rectoral 81/2019.

> Integrantes Comisión de Inclusión de la UBP. Descargue aquí la Resolución Rectoral 82/2019.

> Convenio de la Creación de la RED IDUC entre universidades de Córdoba. Descargue aquí

> Documento: Pautas Generales para la Inclusión de personas con discapacidad en las universidades de la Red IDUC.